Las Normas sobre los Planes de Incentivos para Retribuir las Gestiones de los Intermediarios de la Actividad Aseguradora, publicadas por la Sudeaseg, propone los porcentajes de comisiones para los seguros masivos, inclusivos y microseguros.

El instrumento legal precisa que las empresas destinarán para el pago de comisiones un
porcentaje de la prima de los microseguros, seguros inclusivos y seguros masivos del dos coma cinco por ciento 2,5%.

Sin embargo, las normas establecen que los bonos y los planes de estímulos se establecerán por año calendario y deberán ser sometidos a la aprobación de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, Publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria N°6.835 del 3 de septiembre de 2024, antes del primero (1°) de noviembre del año calendario anterior.

“Las empresas que no sometan a la aprobación el plan de incentivos que pretendan utilizar para retribuir a los intermediarios de la actividad aseguradora, antes de la fecha indicada en el párrafo anterior, podrán someterlos a aprobación a partir del primero (1°) de enero del año calendario en que se pretenda aplicar y como máximo hasta el treinta y uno (31) de enero del mismo año”, explica el artículo 10.

Una vez efectuada la solicitud de aprobación del plan de incentivos, la Superintendencia de la Actividad Aseguradora dispondrá de cuarenta y cinco (45) días hábiles para analizar el mismo y emitir su pronunciamiento.

Seguros para la población

Es importante recordar que la nueva Ley de la Actividad Aseguradora, que entró en vigencia este año, incluye la figura de los microseguros, seguros inclusivos y seguros masivos que amparan riesgos específicos dirigidos principalmente a sectores sociales excluidos o desatendidos.

Fuente: https://n9.cl/r2z1p

Por Agencias

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *