Estimados colegas muchas veces creemos que haciendo firmar algo extra a la solicitud, es salirse de la responsabilidad que se tiene como Intermediario Asesor de Seguros, acuérdense que el contrato de seguros (póliza) se formaliza entre Aseguradora, Tomador, Asegurado y Beneficiario, quienes deben estar contestes y conocer el texto del condicionado y sus anexos que son de obligatoria entrega a las partes, nuestra función es «Asesorar», y está muy bien tipificado en la ley que sí es deber cumplir.
Mi recomendación es que se le dé al asegurado, la póliza y sus anexos y hacer firmar como recibidos sin ninguna otra condición a motu propia como es lo que está proponiendo (documento de su oficina), porque cualquier contradicción con las condiciones contractuales-póliza y anexos les pueden acarrear un disgusto a pesar de que la intención sea salvar responsabilidades, nada de lo que firme el asegurado que no esté en condicionados y anexos es válido, así qué, revisen bien la solicitud de seguros, y de condicionados y anexos para que la parte firme y coloque huella como indiqué de recibidos documentos.
Muy importante tomar en cuenta que tanto el condicionado de la póliza y anexos deben estar firmados por representante legal de la aseguradora sea en firma digital o rúbrica a mano y sellos de compañía de seguros, estos documentos pueden ser digitalizados que tienen igual validez si provienen de web o logín de la aseguradora por correos.
Atte. Felipe Hernández H. Actuario y CS