Las reservas técnicas:
La finalidad de las reservas, es dar una mayor garantía a los asegurados de que sus reclamos serán indemnizados, al constituirse como un pasivo dentro del patrimonio de la empresa el monto a pagar como indemnización. Fuente: Léxico de Seguros.
De la Ley de la Actividad Aseguradora vigente:
Artículo 44. Se consideran reservas técnicas: las reservas matemáticas, reservas de riesgos en curso, reservas para prestaciones y siniestros pendientes de pago, reservas para siniestros ocurridos y no notificados, reservas para riesgos catastróficos y reservas para reintegro por experiencia favorable. En aquellos casos en que las empresas de seguros reciban la contraprestación por equivalente u otorguen coberturas o beneficios adicionales por la suscripción del contrato de seguro original o principal, deben constituir, representar y mantener la reserva técnica correspondiente, en los términos establecidos en la presente Ley. La Superintendencia de la Actividad Aseguradora dictará las normas prudenciales relativas a la oportunidad en que se constituirán las reservas, la forma y términos en que las empresas de seguros y las de reaseguros deben reportarle todo lo concerniente^.
La reforma a ley de la actividad aseguradora en discusión por ningún motivo podría dejar de legislar sobre este capítulo, y menos dejar sin estar presente en la misma esa máxima que son las reservas; la actividad aseguradora se sustenta en ellas porque es el real patrimonio de asegurados que da la confianza para que se suscriban contratos de seguros. Compañías de seguros sin reservas técnicas es una simple estructura en papel porque queda sin sustento financiero para cumplir sus obligaciones contactuales con tomadores, asegurados y beneficiarios de pólizas. En balances se presentan tipos de reservas, las que son de asegurados, las de provisión para beneficios laborales y aquellas que son de obligación por el código de comercio y demás leyes que contemplen que sus accionistas constituyan.
Atte. Felipe Hernández y Hernández Actuario Bróker de Riesgos y de Seguros
Fuente: https://n9.cl/si0rj