Las aseguradoras toman muy a la ligera el rechazo de las reclamaciones de los siniestros, ya sea por no prestar la debida atención a la documentación que el asegurado envía, por aplicación de cláusulas erróneas o simplemente por la ligereza de un analista.
Prometer que se va a indemnizar un reclamo a un Asegurado es una promesa que muchas veces no se puede cumplir, depende de muchos factores, desde el aviso extemporáneo del siniestro, la no observancia de los plazos de espera, la omisión de información, él no envió de la documentación completa y el más dañino de todas las causas, el escaso conocimiento y asesoramiento al Asegurado por parte del Intermediario.
Obtener de parte del Asegurado toda la documentación relacionada con su reclamación es importante y fundamental para que se analice y se inicie el proceso de indemnización, el dejar por afuera algún documento, es detener el plazo que tienen para indemnizar y de nuevo al recibirlo volver a iniciarse el plazo.
Por otro lado, el que un Intermediario acepte un rechazo parcial o total sin que se le indique al Asegurado por escrito las razones de hecho y de derecho por las cuales se rechaza es un derecho de este y una obligación de la Aseguradora.
En casi todas las cartas avales o de garantía siempre hay aplicación del término Costo Razonable que algunas aseguradoras se han dado a la tarea de sustituirlo por Costo Promedio, sin una explicación del porque se hace de igual manera la no aplicación del I.N.P.C. el cual las autoridades gubernamentales no publican hace bastante tiempo y menos ponen a la disposición del Asegurado las estadísticas que manejan para aplicarlo, es que acaso esas estadísticas son de un archivo clasificado a quien nadie tiene o puede tener acceso.
Por: Armando Gámez