Esperamos que la Nueva Ley de Seguros, recoja el criterio jurídico científico de esa totalidad que se expresa en la pluralidad de normas jurídicas y sujetos obligados
El pasado viernes comenzando el mes de septiembre, fuimos invitados a la presentación del libro La Filosofía del Todo del rector de la Universidad Bicentenaria de Aragua (UBA), Dr. Basilio Sánchez Aranguren. La iniciación de este acto académico la hizo el licenciado Miguel Reyes Lima, presidente de la institución que invitó ESTAR SEGUROS S.A. Estaban presentes representantes de Empresas Aseguradoras e instituciones como la Cámara Venezolana de Empresas de Corretaje de Seguros, La Federación de Colegios de Productores de Seguros, la revista informativa Notiseguros y USRADIO.
El autor del libro, rector de la UBA hizo un recorrido por el laberintico mundo de la filosofía y una referencia especial a la visión holística del mundo, donde el todo comprende la realidad exterior al hombre y su propia identidad. Hizo una síntesis del pensamiento ontológico de Parménides con su percepción del ser universal permanente y único. Igualmente de los cambios y la dialéctica del ser en su permanente dinamismo, como lo definió Heráclito. De Platón tomó la dimensión idealista del Ser, con la alegoría del Mito de la Caverna la realidad y sus dos mundos, donde por la educación se puede pasar de lo contingente a lo transcendental. De Aristóteles señaló la metafísica de la realidad del ser y comprende al pensante, a lo pensado y a la realidad exterior, la cual el hombre puede abstraer de la naturaleza la esencia de los juicios y racionamientos. BS. Hizo una metáfora con los tres paradigmas de la vida como un todo teleológico que trascurre en el tiempo y espacio direccionada por fines del ser, el saber, del hacer y del convivir. Para esto el hombre necesita plena libertad, realización de la justicia y la mayor seguridad posible. Esa estabilidad es la que garantiza el transito feliz entre el nacer que es para la muerte y la muerte que es el verdadero ser.Recurrió al Enfoque de Sistemas con la conclusión de estrategias metodológicas en el mundo de la educación y en especial en la epistemología de la actividad aseguradora, con su misión de garantizar vidas y bienes, frente a tantos riesgos predecibles o imprevistos, con coberturas adecuadas. Labor que debe ser fundamental en el Estado Social y de Derecho para los gobiernos y para la sociedad civil. Propuso un modelo de diseño curricular dentro de la teoría de los sistemas para la educación en el área de los seguros y reaseguros en el mundo de hoy. Ofreció la ULA para impulsar la actividad aseguradora con reconocimiento académico.
Cuando hice la presentación del Libro La Filosofía del Todo en físico, en su prólogo yo señalaba que “si el poder de las palabras que están en este texto de se les pusiera música, conseguiríamos una armonía extraordinaria donde músicos, instrumentos y lugares, con el todo de la orquesta y la pluralidad de los actores generaría una hermosa melodía la unidad del todo pero también la importancia de las partes”.
La globalización de la economía, de la política, de la diplomacia y de la tecnología ha facilitado el comercio, las finanzas y una nueva dimensión en el trabajo, la salud y la educación. El triángulo en el Estado Social y de Derecho está referido a la libertad, justicia y la seguridad, tanto a nivel nacional como internacional.
En el mundo de hoy, Los Seguros promueven la actividad económica, protegiendo vidas y bienes en contra de los riesgos naturales o tecnológicos. En lo internacional, Los Seguros son esenciales con la interconexión de las economías y mercados financieros, permiten a las personas y a las empresas la garantía de sus activos y la cobertura en los riesgos. Estos Seguros buscan obtener una cobertura, bajo los sistemas de leyes nacionales o extranjeras, por eso las normas y requisitos de todos los países en la actividad aseguradora.
Venezuela con el inmenso potencial petrolero, minero y agroindustrial está llamada a ser protagonista del nuevo comercio internacional. Por eso la importancia que se le viene dando a la actividad aseguradora en todas las áreas de la protección financiera, en caso de pérdidas, daños y accidentes. Estos seguros facilitan el intercambio comercial, protegen la estabilidad económica y se marcan en el nuevo desafío de los Derechos Humanos.
Quise referirme al hablar del Seguro, al tema de la Legitimación de Capitales por la importancia del necesario control por los flujos financieros que generan. En el libro de Gerardo López Peñaranda Lavado de Activos, afirma que el lavado de dinero empezó a utilizarse a principios del siglo XX con la intención de legalizar fondos producto de operaciones ilícitas, para facilitar su ingreso al flujo monetario de la economía. En Venezuela se denomina Legitimación de Capitales y en otros idiomas Money Laundering y Blanchiment d´ Argent o Riciclaggio del Denaro.
La justicia internacional ha logrado tratados y convenciones sobre esta materia. Estas convenciones deben ser trasladadas e implementadas en las legislaciones nacionales, para la persecución interna y externa de la Legitimación de Capitales. Entre estos instrumentos jurídicos podemos mencionar la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional (Palermo, 2000); la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas; (Viena, 1988); la Convención de Naciones Unidas contra La Corrupción (Nueva York, 2003) y la Convención Interamericana contra el Terrorismo (Bridgetown, 2002); Convención de América contra La Delincuencia Organizada Trasnacional (2001). Nuestros pueblos deben cumplir Las 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), es el estándar más reconocido para combatir el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo. Venezuela está obligada por haber firmado los tratados y ratificarlos, en la materia de los delitos que hemos denominado en un pequeño libro Los Cuatro Jinetes del Apocalipsis
En los casos de los Seguros hemos visto como un logro positivo la reciente normativa aprobada por el Consejo Nacional de Universidades para la especialidad en seguros publicada en la Gaceta Oficial n.º 42645 el 07 de junio del presente año.
Esperamos que la Nueva Ley de Seguros, recoja el criterio jurídico científico de esa totalidad que se expresa en la pluralidad de normas jurídicas y sujetos obligados.
Jcpineda01 @gmail.com
Fuente: https://n9.cl/ko7hr