Desde que el vehículo adquirió etapas sorprendentes en su confección, confort y velocidad, también se transformó en elemento mortal, causando cuantiosos daños materiales ajenos y sembrando víctimas humanas alrededor suyo. Se tienen a los accidentes viales, cómo a una de las causas de la mortalidad y morbilidad más inmediatas, por la cantidad de fallecidos y lesionados que, configuran estadísticas alarmantes.

Y en el entorno de esas estadísticas, la negligencia e impericia humanas. Para muestra, solo basta ver los noticiosos y los obituarios. Para 1962 y el mes de junio, el Ejecutivo Nacional de la República de Venezuela sanciona una Ley de Tránsito Terrestre que, impone el mantener en vigencia una garantía de Seguro de Responsabilidad Civil Vehicular, tanto a los vehículos de motor, cómo a los vehículos de tracción de sangre.

En dicha Ley, así como en su Reglamento, era obligante mantener y constituir una garantía para responder de los daños suscitados y según el estamento, era necesario oír la opinión de la Superintendencia de Seguros de entonces, para gradar el monto mínimo de las garantías aprobadas.

Es así, y lo recuerdo clínicamente, que se estableció una Tarifa Única, con carácter general y uniforme, cuyos montos eran Bs. 25.000,00 para daños a personas y Bs. 18.000,00 para cosas. Para los que tenemos años en la actividad aseguradora, esta Tarifa Única estaba contenida en un pequeño libro, que hoy sería una reliquia y un libro incunable, para aquellos que lo posean. Las primas, en el caso de los vehículos particulares, eran Bs. 135,00 y Bs. 195,00, según fuera el caso de un automóvil menor a 800 kgs. de peso o mayor a eso.

Para los agentes y Corredores de Seguros de hoy, sería inaudito las Comisiones fijadas, que, en todo caso no pasaban de Bs 13,50 y Bs. 19,50, respectivamente. Me acuerdo, que en cierta ocasión y bajo el liderazgo de nuestros dirigentes, se armó un alboroto descomunal, por la pretensión de bajarnos las comisiones a cantidades inferiores a esas.

Para ese momento histórico y por Paraguaná, Estado Falcón, unos ferrys hacían sus recorridos, vía Venezuela-Curazao y si no me equivoco, vía Venezuela-Bonaire, garantizando la Tarifa Especial, cubrir los daños de nuestros vehículos en esas distantes regiones insulares.

También se cubrían los percances que ocasionaran nuestras unidades automotores, en Colombia y más allende, en virtud de los Tratados que firmaran las naciones afiliadas al Pacto Andino.

Hoy y según las últimas noticias, la historia vuelve a repetirse y me parece sumamente sensato, que el Doctor Omar Orozco Colmenares, actual Superintendente de la Actividad Aseguradora, haya asumido la consulta y posterior implementación de un instrumento tan necesario, para establecer las garantías adecuadas de los daños que pudieran ocasionarse a los terceros inocentes.                 

Por: Pastor Ascanio Heres.

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