Cuando se discutían los artículos del Anteproyecto de Reforma del Decreto De la Ley de la Actividad Aseguradora vigente, me trasladé en retrospectiva al año 1935, cuando en el otrora Congreso Nacional de los Estados Unidos de Venezuela, pasaba por una situación parecida. Para entonces, el Congreso Nacional era Bicameral (Cámara del Senado y Cámara de Diputados), en el casi postrero gobierno del General Juan Vicente Gómez (segundo semestre del año 1935), en un régimen que ya estaba totalmente agotado.
Para los meses de junio (finales) y julio (principios), se discutía en el Hemiciclo el proyecto de Ley sobre Inspección y Vigilancia de las Empresas de Seguros, que, previamente había Sido discutido, revisado y ensamblado por la Comisión Permanente de la Cámara de Diputados. Abiertas las discusiones el día 26 de junio de 1935, aquel sencillo documento contentivo de 22 artículos, pasó por las respectivas revisiones los días 29 de junio, 2, 3, 5 y 8 de julio, de las cuales las tres últimas fechas fueron aprobadas por la Cámara del Senado de aquella bucólica República Gomecista.
Han transcurrido 87 años desde aquellos legendarios años, cuando nuestras generaciones actuales no habían nacido, pero el espíritu que privo para entonces es el mismo que hoy tienen los Diputados, en una Cámara Unicameral, que hoy opta por sacar una Ley de la Actividad Aseguradora para la Sociedad.
Solo nos queda esperar los pasos silenciosos del tiempo, para hacer efectiva una legislación para el futuro. Estas reflexiones son para ustedes, siendo su canal el histórico medio, que ha dictado cátedra en la difusión de la Historia.
Atentamente, Pastor Ascanio Heres